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Delito leve de amenazas: Definición, procedimiento y consejos prácticos

Delito leve de amenazas

El delito leve de amenazas es una figura penal que genera dudas frecuentes tanto en víctimas como en acusados. Aborda aquellas amenazas que, aunque menos graves, afectan la tranquilidad de la víctima y requieren atención legal. 

En este artículo vamos a ver su definición, requisitos, penas y el procedimiento judicial, ofreciendo una guía práctica para entender este delito y actuar correctamente ante una situación de este tipo.

¿Qué es el delito leve de amenazas?

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El delito leve de amenazas, regulado en el artículo 171.7 del Código Penal español, se refiere a aquellas manifestaciones de un mal futuro, posible y concreto, cuya gravedad no alcanza a ser calificada como amenaza grave. Este tipo de amenazas buscan generar miedo o condicionar el comportamiento de la víctima, aunque su impacto sea menos significativo que en los casos graves.

El delito de amenazas leve fue introducido con la reforma del Código Penal de 2015, destacándose por su carácter menos severo y la necesidad de denuncia previa por parte de la víctima para iniciar un procedimiento judicial.

Requisitos legales para el delito leve de amenazas

Las amenazas leves según el Código Penal contienen los siguientes elementos:

  • Elemento objetivo:
    Se requiere la manifestación de un mal futuro, que debe ser posible y concreto. Este mal puede expresarse de forma verbal, escrita o mediante medios electrónicos (como mensajes de texto, correos electrónicos o publicaciones en redes sociales), por lo que puede ser un delito leve de amenazas sin testigos necesarios.
  • Elemento subjetivo:
    Es necesario que exista una intención deliberada de intimidar a la víctima o influir en su comportamiento. Es decir, el autor debe actuar con plena consciencia del efecto intimidatorio de sus palabras o acciones.
  • Intimidación real:
    La amenaza debe generar un impacto en la víctima, causando intranquilidad, temor o angustia. Sin embargo, la intensidad del miedo generado será menor que en el caso de las amenazas graves.

Puede ser un delito leve de amenazas con arma blanca o sin ella, ya que no es lo que caracteriza a este tipo de delito.

Penas asociadas al delito leve de amenazas

El Código Penal establece una multa de 1 a 3 meses como sanción para el delito leve de amenazas. La cuantía diaria de la pena de multa se fija en función de la capacidad económica del condenado, lo que asegura proporcionalidad en la sanción.

En caso de impago de la multa, la pena por delito leve de amenazas puede ser:

  • Localización permanente, obligando al condenado a permanecer en un lugar determinado.
  • Trabajos en beneficio de la comunidad, realizando labores de utilidad pública durante un tiempo establecido.

El delito leve de amenazas y orden de alejamiento son perfectamente compatibles ya que no hace falta que las amenazas sean graves para que la víctima la solicite.

¿Y cuándo prescribe un delito leve de amenazas? Un año.

Perseguibilidad y perdón del ofendido

El delito leve de amenazas se clasifica como un delito semiprivado, lo que significa que únicamente puede ser perseguido a través de una denuncia expresa presentada por la persona agraviada o su representante legal

Esto implica que las autoridades no actúan de oficio, a menos que la víctima haya manifestado formalmente su voluntad de que se inicie el procedimiento penal. Este requisito protege el ámbito privado de las relaciones personales, evitando la intervención estatal en situaciones de menor gravedad si la víctima no lo considera necesario.

Es importante destacar que la denuncia debe contener una descripción detallada de los hechos, incluyendo pruebas como mensajes, correos electrónicos o testimonios que respalden la acusación. Además, si transcurre un tiempo prolongado sin que la víctima actúe, podría considerarse que no existe interés en perseguir el delito.

Por otro lado, el perdón del ofendido juega un papel clave en este tipo de delitos. Según el Código Penal, el perdón de la víctima extingue la responsabilidad penal del autor siempre que se conceda por escrito de forma expresa y antes de que se dicte una sentencia firme, pero no elimina automáticamente otras responsabilidades, como la posibilidad de una reclamación civil por daños y perjuicios.

Este aspecto del delito leve de amenazas subraya la importancia de contar con asesoramiento jurídico tanto para víctimas como para acusados, por lo que es recomendable contar con abogados de delitos leves para garantizar que se actúe correctamente dentro del marco legal.

Diferencias entre amenazas leves y graves

La distinción entre amenazas leves y graves radica en la entidad del mal anunciado y su credibilidad.

AspectoAmenazas levesAmenazas graves
Gravedad del mal anunciadoEl mal anunciado es de menor entidad, menos creíble o menos serio.El mal anunciado es grave, serio y capaz de generar un temor intenso.
Impacto en la víctimaProvoca intranquilidad o temor moderado, pero no un miedo intenso.Genera un estado de temor severo o afecta gravemente la estabilidad emocional de la víctima.
Medios empleadosPuede ser verbal, escrito o digital; sin implicar un daño inminente.Puede incluir amenazas explícitas con armas, daño físico o secuestro.
Sanciones legalesMulta de uno a tres meses.Pena de prisión (según el caso) o multa mayor según la gravedad.
Exigencia de denunciaSolo se persigue si la víctima presenta una denuncia.Puede perseguirse de oficio en algunos casos, dependiendo de la naturaleza del delito.
Credibilidad del mal anunciadoSuelen carecer de suficientes elementos para considerarse altamente creíbles.El mal anunciado es concreto, viable y con posibilidades de cumplirse.
Finalidad del autorIntimidar, pero con menor intensidad o seriedad.Intimidar de forma contundente, generando un estado de alarma grave.

Procedimiento judicial en casos de delito leve de amenazas

El proceso judicial para un delito leve de amenazas sigue las pautas establecidas para los antiguos juicios de faltas, siempre que se cumplan ciertas condiciones, como la existencia de pruebas claras o la flagrancia del delito. Los pasos principales incluyen:

  1. Denuncia: La víctima presenta una denuncia ante la Policía o el Juzgado de Guardia.
  2. Investigación: Se recopilan pruebas, como mensajes, testigos o grabaciones.
  3. Vista oral: El juicio suele celebrarse de forma ágil, permitiendo a ambas partes exponer sus argumentos.
  4. Sentencia: El juez dicta una resolución en la que puede imponerse la multa u otra sanción prevista.

Cómo actuar ante un delito leve de amenazas

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Si te encuentras involucrado en una situación relacionada con un delito leve de amenazas, ya sea como víctima o como acusado, es fundamental que conozcas los pasos a seguir para garantizar que tus derechos sean protegidos durante todo el proceso.

Si eres víctima

  1. Recopila pruebas:
    Es esencial conservar cualquier evidencia que pueda respaldar tu denuncia. Esto incluye mensajes de texto, correos electrónicos, grabaciones, capturas de pantalla de conversaciones en redes sociales o cualquier otra prueba que demuestre la amenaza recibida. Si existen testigos, sus testimonios pueden ser de gran valor para corroborar los hechos.
  2. Presenta una denuncia:
    Dirígete a la Policía, Guardia Civil o al Juzgado de Guardia para interponer una denuncia. Asegúrate de incluir todos los detalles del incidente, así como las pruebas recopiladas. Recuerda que este delito no se persigue de oficio, por lo que es imprescindible que presentes la denuncia formal para que se inicie el proceso.
  3. Busca apoyo legal:
    Contar con un abogado especializado en derecho penal te permitirá tener asesoramiento personalizado. Un profesional te guiará durante el proceso judicial, asegurándose de que tus derechos sean respetados y de que el procedimiento se lleve a cabo correctamente.
  4. Protección adicional:
    Si consideras que la amenaza puede derivar en un riesgo mayor, puedes solicitar medidas cautelares, como una orden de alejamiento. Estas medidas tienen como objetivo garantizar tu seguridad durante el proceso.

Si eres acusado

  1. Mantén la calma:
    Si has sido acusado de un delito leve de amenazas, evita cualquier comportamiento que pueda empeorar tu situación, como responder con más amenazas o intentar intimidar a la otra parte.
  2. Busca asesoramiento legal inmediato:
    Es importante contar con un abogado especializado en derecho penal desde el inicio. Tu abogado te ayudará a analizar las acusaciones, identificar inconsistencias en la denuncia y preparar una estrategia de defensa adecuada.
  3. Reúne pruebas en tu defensa:
    Si la acusación es infundada, recopila pruebas que puedan demostrar tu inocencia, como registros de conversaciones que contradigan las afirmaciones de la víctima o testimonios de personas que puedan respaldarte.
  4. Acude al juicio preparado:
    En los casos de delitos leves, los juicios suelen ser rápidos. Es importante asistir con tu abogado, quien se encargará de exponer tu defensa de manera profesional y fundamentada.
  5. Considera una posible conciliación:
    En algunos casos, puede ser beneficioso buscar un acuerdo amistoso con la otra parte, especialmente si existen vínculos personales previos. El perdón expreso de la víctima puede extinguir la responsabilidad penal antes de que se dicte sentencia.

Tanto para víctimas como para acusados, es fundamental actuar con rapidez y asesorarse legalmente desde el principio. Esto no solo asegura que se sigan los procedimientos correctos, sino que también minimiza el impacto emocional y legal que puede generar una situación de este tipo. 

El conocimiento de tus derechos y el respaldo de profesionales cualificados son claves para manejar este tipo de casos con éxito.

Nuestros servicios en Calderón Corredera

En Calderón Corredera somos un bufete especializado en derecho penal, con amplia experiencia en casos de delito leve de amenazas. 

Ofrecemos un enfoque personalizado y cercano para cada caso, garantizando que tanto víctimas como acusados reciban la orientación y defensa que necesitan.

  • ¿Eres víctima de amenazas?
    Te ayudamos a recopilar pruebas, presentar la denuncia y afrontar el proceso judicial con confianza.
  • ¿Estás acusado injustamente?
    Diseñamos estrategias de defensa sólidas, adaptadas a las particularidades de tu caso, para proteger tus derechos.

Nuestro equipo de abogados está comprometido con ofrecerte asesoramiento claro, práctico y eficaz en todas las etapas del proceso. No enfrentes esta situación solo.

Preguntas frecuentes 

¿Qué diferencia hay entre una amenaza leve y una grave?

La principal diferencia es la gravedad y credibilidad del mal anunciado. Las amenazas graves generan un temor más intenso y tienen un impacto mayor en la víctima.

¿Qué debo hacer si soy víctima de un delito leve de amenazas?

Debes recopilar todas las pruebas posibles y presentar una denuncia ante la Policía o el Juzgado de Guardia.

¿Es obligatorio denunciar para que se persiga este delito?

Sí, el delito leve de amenazas sólo puede perseguirse mediante denuncia previa de la persona agraviada.

¿Qué ocurre si el condenado no paga la multa?

En caso de impago, la multa puede ser sustituida por localización permanente o trabajos en beneficio de la comunidad.

¿El perdón del ofendido extingue la responsabilidad penal?

Sí, siempre que el perdón sea expreso y otorgado antes de dictarse una sentencia firme.

¿Puedo defenderme si me acusan de amenazas leves injustamente?

Sí, es fundamental contar con un abogado penalista que te ayude a presentar pruebas y argumentos en tu defensa.

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Alberto Pérez-Calderón Corredera, destacado abogado deportivo, es socio de Calderón-Corredera Abogados desde 2011. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y con un Máster en Derecho Deportivo de la Universidad de Lérida, ha consolidado su experticia legal en el deporte. Ex Juez Instructor en la Real Federación Española de Fútbol, Alberto maneja con destreza los asuntos legales complejos del deporte y lidera con eficacia en el despacho, promoviendo valores de respeto y honestidad.

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