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e-Sports: ¿Se creará la Federación Española?

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Algunos jugadores de e-Sports me han trasladado su inquietud sobre la posibilidad de que se constituyese en un futuro una federación española de e-Sports, a sabiendas de que en la actualidad existe una federación internacional de e-Sports, la IeSF (International e-Sports Federation), cuyos estatutos contemplan que está registrada bajo la normativa del lugar donde se encuentra su secretaría o sede, encontrándose ubicada la misma en Seúl, la capital de Corea del Sur, por lo tanto registrada bajo la normativa de dicho país. Sus estatutos señalan que la IeSF presenta naturaleza jurídica propia respecto de cada uno de sus miembros. En España la LVP (Liga de Videojuegos Profesional) se encuentra adscrita a esta Federación internacional.Las Federaciones Deportivas Españolas se regulan por la LEY 10/1990, DE 15 DE OCTUBRE, DEL DEPORTE, además de por el REAL DECRETO 1835/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE FEDERACIONES DEPORTIVAS ESPAÑOLAS Y REGISTRO DE ASOCIACIONES DEPORTIVAS. El primer escollo se encontraría en el debate principal entorno a los e-Sports sobre su aceptación como deporte o no. Puesto que uno de los primeros requisitos ineludibles, que determinan los artículos 8 del anterior Real Decreto y el artículo 8.b) de la Ley 10/1990, es que para la autorización o denegación de la constitución de una Federación Deportiva Española se necesita el reconocimiento previo por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes de la modalidad de que se trate y hasta la fecha parece poco probable el reconocimiento de los e-Sports como modalidad deportiva. Os dejo a continuación el enlace de la web del CSD para que sepáis cómo realizar el trámite de solicitud del reconocimiento de la existencia de una modalidad deportiva de ámbito estatal: HTTPS://SEDE.CSD.GOB.ES/OFICINAVIRTUAL/FICHAPROCEDIMIENTOS.ASPX?IDPROCEDIMIENTO=35&BOTONSELECCIONADO=0Sin embargo, antes mencioné la poca probabilidad del reconocimiento de los e-Sports como modalidad deportiva por parte del CSD, porque los requisitos para el reconocimiento de una modalidad deportiva no están determinados de forma exhaustiva en la legislación vigente, la Comisión Directiva del CSD viene exigiendo para ello el cumplimiento de una serie de requisitos y criterios que indico a continuación:

  1. Por una parte se exige el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8.1, del REAL DECRETO 1835/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE FEDERACIONES DEPORTIVAS ESPAÑOLAS Y REGISTRO DE ASOCIACIONES DEPORTIVAS, para la creación y constitución de las Federaciones deportivas españolas.
  2. Por otra, que se cumplan los criterios contenidos en los dictámenes técnicos sobre las diferencias entre juegos y deportes para la delimitación del status de modalidad deportiva que, en resumen, son los siguientes:
  3. Debe tratarse de una actividad física.
  4. Dicha actividad, ha de tener un claro carácter competitivo, entendiendo como tal el enfrentamiento, lucha, combate, etc. entre dos o más individuos, en el que cada uno busca la victoria sobre el adversario.
  5. La competición ha de estar reglada, considerando como requisitos de tal regulación, entre otros: las reglas de la competición, número de participantes, terreno de juego, equipamiento, necesidad de un arbitraje cualificado.
  6. Por último, deberán indicar si la actividad objeto de reconocimiento presenta o no coincidencias significativas con otra Modalidad o Especialidad ya reconocida y si su práctica respeta o no el medio ambiente y los valores éticos de la sociedad.

Cuando reúnan todos y cada uno de los requisitos y condiciones anteriormente indicados, podrá remitirse la solicitud de reconocimiento de la Modalidad a la Comisión Directiva del CSD, junto con la documentación acreditativa de todo lo indicado anteriormente, para su estudio y aprobación, en el caso de que así lo considere el CSD. En conclusión, será el CSD quien de manera plenamente “subjetiva” decida qué se considera modalidad deportiva o no.En cualquier caso, el sector de los deportes electrónicos no debería preocuparse por la existencia o no de una Federación Española de e-Sports, puesto que ligarse a los poderes públicos no sólo supone el “beneficio” de conseguir ayudas y subvenciones sino también una serie de obligaciones y control público por parte de la Administración (CSD), como de otro modo parecería lógico, ya que toda Federación Deportiva Española, tiene naturaleza jurídica privada, pero ejerce funciones delegadas públicas de la Administración. Cuando de sobra es conocido que en el deporte tradicional a la hora de afrontar conflictos no hay muchas personas que entiendan realmente las necesidades del deporte, como es el agilizar la resolución de cualquier posible conflicto para que no se vean afectadas las competiciones con plazos interminables como lamentablemente ocurre en la justicia ordinaria, aunque cada vez va apareciendo más gente que se está especializando más en este sector.No quiero pensar si ello lo trasladamos a los e-Sports, donde pese a su auge todavía hay mucha gente que o bien son totales desconocedores del deporte electrónico o son totalmente opuestos al mismo. Pienso que los agentes intervinientes entorno a los e-Sports tienen un enorme potencial como para auto-organizarse y regularse bajo formas de asociación privadas, más aún cuando ni tan si quiera a día de hoy el CSD se contempla la posibilidad de reconocer los e-Sports como modalidad deportiva, veremos que ocurre en el futuro cuando se desarrollen las competiciones de e-Sports entorno a la realidad virtual, resultará poco discutible el hecho de que un jugador profesional sea considerado “e-atleta” si realiza una carrera en una cinta de correr sumergido, bajo los efectos ópticos de la realidad virtual, en un estadio virtual existente o creado ficticiamente para una ocasión o deporte electrónico concreto, son posibilidades que se me ocurren, en las que se puede estar o no de acuerdo, pero que considero pueden ser perfectamente objeto de debate.

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Alberto Pérez-Calderón Corredera, destacado abogado deportivo, es socio de Calderón-Corredera Abogados desde 2011. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y con un Máster en Derecho Deportivo de la Universidad de Lérida, ha consolidado su experticia legal en el deporte. Ex Juez Instructor en la Real Federación Española de Fútbol, Alberto maneja con destreza los asuntos legales complejos del deporte y lidera con eficacia en el despacho, promoviendo valores de respeto y honestidad.
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