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Denunciar a una residencia de ancianos

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Las residencias de ancianos realizan un servicio social indudablemente muy necesario, pues cada vez más contamos con una población envejecida y los tiempos de la población activa para el cuidado de nuestros mayores se reducen ante la vorágine laboral en la que vivimos estos días.

Potenciales responsabilidades civiles y penales en residencias de ancianos

Partimos de la base de que muchas residencias de ancianos realizan una labor encomiable, sin  embargo, como sucede en cualquier otro sector, siempre podemos encontrar alguna residencia de ancianos que no presta el servicio como debería y ello podría conllevar responsabilidades civiles para la propia entidad jurídica que gestiona la residencia, así como para los profesionales (director, médicos, enfermeras o auxiliares) que prestan sus servicios en la misma.

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No obstante, cuando lo que se pretende es denunciar a una residencia de ancianos la pretensión del denunciante, normalmente familiares de un residente, es conseguir la imputación de responsabilidad penal a la residencia de ancianos y a los profesionales que han intervenido en la posible comisión de un delito, cuyo procedimiento se sustanciará en este último caso por la vía penal, sin perjuicio de que en el caso de acreditarse la existencia de responsabilidad penal, también se entre a resolver sobre las posibles responsabilidades civiles.

Diferenciación entre responsabilidad penal y civil

Como hemos empezado señalando, no todos los casos deberán de enjuiciarse por la vía penal. Pues muchos casos que se inician por esta vía acaban siendo archivados por el Juzgado, pues no cabe hablarse de la existencia de dolo en las conductas que se imputan a la residencia y sus profesionales, pues no existe en estos casos intencionalidad por parte de los trabajadores del centro residencial de ancianos de omitir voluntariamente cualquier tipo de acción que hubiese podido evitar el evento dañoso a nuestro residente familiar.

Por otro lado, hay casos donde no sólo no podemos hablar de la presencia de dolo sino que tampoco puede apreciarse la existencia de lesiones imprudentes relevantes desde el punto de vista penal.

La cuestión, en muchos supuestos, estriba en determinar si existía un deber de previsión de la residencia de ancianos; y, por otra, y en el caso de que tal previsibilidad de la conducta existiera, las medidas que deberían haberse adoptado para evitarla y que no se llevaron a cabo.

Si pensamos que pueden derivarse responsabilidades penales al centro residencial y a sus profesionales normalmente nos plantearemos si denunciar a la residencia de ancianos.

Pasos y evidencias necesarias para una denuncia efectiva

¿Denunciar a una residencia de ancianos? Para plantearnos interponer una denuncia a un centro residencial de tercera edad y sus profesionales debemos tener en cuenta: Que, desde el punto de vista de relevancia penal, debe de haber ocurrido una falta de atención y vigilancia por parte de la residencia o un incorrecto control médico por parte de los profesionales que atienden a nuestro familiar residente; ante cualquier molestia que pudiera ser sospechosa de alguna anomalía clínica, por la cual, hubiera que haber derivado al residente al hospital.

Si nos encontramos en alguno de los anteriores supuestos, con relevancia penal, será necesario contar con la historia clínica del residente, además de todas las pruebas que puedan adverar que la lesión o fallecimiento de nuestro familiar ha sido consecuencia de una falta de diligencia o mala praxis de la residencia de ancianos.

Cuando hablamos de pruebas, no solo nos estamos refiriendo a aquellas pruebas médicas, también a cualquier comunicación que se haya producido con el centro.

La importancia de la valoración médica en la viabilidad de acciones legales

Para acreditar que no se han seguido los protocolos del centro, revisiones médicas o que los tratamientos médicos han sido incorrectos se hace necesaria la intervención, en estos casos, de un perito médico que valore toda la documentación médica de la que se disponga.

Por ello, no recomendamos iniciar un procedimiento sin que intervenga un perito médico que, previamente a la interposición de cualquier acción judicial, valore la viabilidad de la misma desde el punto de vista médico.

Ello es paso ineludible para que, una vez analizado el aspecto médico por un profesional, nosotros como Abogados especialistas en negligencias médicas podamos estudiar la viabilidad jurídica del caso en concreto. Así, podremos determinar si encaminamos la acción judicial por la vía penal, por la vía civil o declinamos llevar el caso al no considerar su viabilidad.

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Analizaremos la posibilidad de exigir responsabilidad penal por omisión del deber de socorro, lesiones u homicidio imprudente, además de la responsabilidad civil por daños y perjuicios que pueda solicitarse.

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Alberto Pérez-Calderón Corredera, destacado abogado deportivo, es socio de Calderón-Corredera Abogados desde 2011. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y con un Máster en Derecho Deportivo de la Universidad de Lérida, ha consolidado su experticia legal en el deporte. Ex Juez Instructor en la Real Federación Española de Fútbol, Alberto maneja con destreza los asuntos legales complejos del deporte y lidera con eficacia en el despacho, promoviendo valores de respeto y honestidad.
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