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Declarar en el juzgado

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El investigado en un proceso penal tendrá que declarar en el juzgado que realiza la instrucción. Para ello, recibirá una citación en la que se le indicará fecha y hora en la que debe acudir y el juzgado que conoce de su proceso.

Esto encuentra excepción si el investigado ha sido detenido y no declaró en comisaría, entonces, transcurridas como máximo 72 horas desde su detención (ART.17.2 CE), será llevado por la policía ante el juez de guardia que le tomará declaración.

Fase de instrucción en el proceso penal

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La instrucción es la primera fase del proceso penal, en la que se está investigando el delito, si durante ella aparecen indicios de que una determinada persona ha cometido un delito concreto, el proceso continuará y se celebrará juicio oral.

En el caso contrario, en el que no se hayan conseguido datos suficientes para considerar los hechos constitutivos de delito o averiguar quién los cometió, el proceso penal se archivará, normalmente con carácter provisional, así, de encontrarse nuevos datos se reabrirá.

Una de las diligencias de investigación que se realizan durante la instrucción es tomar declaración a la persona investigada, es decir, la persona sobre la que se tienen sospechas de haber cometido el delito, esta diligencia es obligatoria en cualquier procedimiento penal.

Derechos del investigado durante el proceso penal

No obstante, el investigado tiene derecho a no declarar ante el juez si lo considera, es uno de sus DERECHOS COMO INVESTIGADO en el proceso penal, que también tiene en comisaría. Asimismo, tiene derecho a no decir verdad y a no confesarse culpable ante el juez instructor.

En consecuencia, debe acudir a la citación para declaración, pues si no acude el juzgado dictará orden de búsqueda y detención, pero una vez esté en presencia del juez para declarar, puede optar por no hacerlo.

Importancia de la declaración ante el juez

Si bien en comisaría suele aconsejarse no declarar, ante el juez es conveniente hacerlo, pues es la ocasión que tiene el investigado de ofrecer su versión de los hechos, tras haber preparado detenidamente su declaración con su abogado que le orientará sobre qué tiene que decir y cómo, pues con su declaración el investigado puede introducir explicaciones que aclaren los hechos o ,en su caso, generen dudas sobre los indicios de delito existentes.

Circunstancias de la declaración en comisaría y su impacto

Cabe puntualizar que dependiendo de cómo se haya iniciado el proceso penal, el investigado habrá acudido antes a declarar a comisaría o no.

Así, le habrán llevado a declarar a comisaría bien porque la policía o guardia civil le ha detenido y conducido hasta comisaría, bien porque la víctima del delito ha presentado denuncia ante la policía y se le cita para declarar, o bien porque la policía considera al investigado presunto autor de un delito a raíz de investigaciones policiales que le señalan.

Tanto si el investigado prestó declaración en comisaría como si se acogió a su derecho a no declarar, se practicará declaración ante el juez instructor.

En cambio, cuando la víctima presenta denuncia o querella ante el juzgado, recibirá una citación para declarar ante el juez de instrucción directamente, lo mismo ocurre si es el fiscal quien denuncia los hechos para que comience la instrucción de un delito.

Como ya explicamos en otro artículo, DECLARAR EN COMISARÍA no suele ser aconsejable, si bien en algunos casos el abogado puede recomendarlo al cliente, sobre todo si el investigado no fue detenido, sino citado para declarar ante la policía o guardia civil, pues en tal caso habrá sido posible preparar la declaración con tiempo.

Preparación para la declaración ante el juez de instrucción

A la hora de declarar ante el juez de instrucción, hay que tener en cuenta qué se dijo previamente en comisaría para preparar la versión de los hechos que se explicará en la declaración ante el juez.

En este sentido, si las explicaciones que se dieron en comisaría fueron válidas y favorables para la defensa del investigado, se podrá seguir la misma línea, añadiendo o matizando ante el juez lo que no hubiese quedado claro en comisaría.

En cambio, cuando la declaración prestada ante la policía fue incriminatoria, esto es, perjudicial para sostener la inocencia, el abogado deberá orientar al investigado  en cuanto a la mejor postura para su defensa.

La declaración en instrucción es la que tiene validez porque es la que se ha practicado ante el juez, por tanto, el investigado no debe sentirse sujeto por lo que haya dicho ante la policía.

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No obstante, el abogado debe orientar al cliente para que el cambio de versión resulte convincente, se ha de buscar una explicación coherente para argumentar por qué en comisaría se manifestó algo distinto o totalmente opuesto a lo que se dice en instrucción.

Además, la declaración practicada en comisaría no es lo único que se debe tomar en consideración para preparar la declaración ante el juez, se debe estudiar toda la información disponible sobre la investigación, como los hechos que se expliquen en la denuncia o querella, así como los documentos que quizá se hayan aportado con esta, los datos que obren en el atestado elaborado por la policía en su caso, e igualmente los demás documentos y averiguaciones que obren en las actuaciones del juzgado, las cuales deberán ser consultadas por el abogado antes de la declaración.

Estrategias defensivas y valoración de pruebas

De otro lado, también se deben valorar las pruebas que vaya a presentar el investigado en su defensa. Todo esto influirá en que el investigado tenga que contar más o menos, explicarse sobre ciertos aspectos o desmentir hechos que se expongan en la querella o denuncia.

Influencia de la declaración del investigado en el resultado del proceso

La declaración del investigado puede influir de forma muy relevante en el resultado del proceso, pensemos por ejemplo en casos en los que no existan demasiadas pruebas objetivas o las mismas no sean concluyentes, prácticamente sería la versión de la víctima contra la del investigado, por ello, ofrecer explicaciones sólidas, convincentes y coherentes con los datos existentes que permitan exculpar al investigado pueden permitir que no se puedan apreciar indicios de delito y la instrucción deba finalizar y archivarse las actuaciones.

Incluso si continuase la instrucción y se celebrase juicio, será importante que la declaración del investigado en instrucción y su declaración en el juicio no presenten contradicciones y no permitan culparle.

La importancia de un abogado con experiencia en procedimientos penales

Por ello, es importante contar desde un principio con un abogado con experiencia en procedimientos penales como abogado defensor, que conozca la dinámica de las declaraciones en comisaría y ante el juzgado de instrucción y cómo deben enfocarse, atendiendo además al delito concreto por el que se investigue.

Si deseas valorar tu caso antes de declarar en el Juzgado CONTACTA CON NOSOTROS.

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Alberto Pérez-Calderón Corredera, destacado abogado deportivo, es socio de Calderón-Corredera Abogados desde 2011. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y con un Máster en Derecho Deportivo de la Universidad de Lérida, ha consolidado su experticia legal en el deporte. Ex Juez Instructor en la Real Federación Española de Fútbol, Alberto maneja con destreza los asuntos legales complejos del deporte y lidera con eficacia en el despacho, promoviendo valores de respeto y honestidad.
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