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Maltrato animal en residencia de animales: Denunciar delito

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Durante las vacaciones, no siempre podemos llevar a nuestros animales con nosotros porque no son aceptados en el hotel o apartamento o porque, debido al tipo de viaje, no nos podríamos hacer cargo de ellos durante ese periodo; así, decidimos dejarlos en una residencia de animales. Por supuesto, lo más aconsejable es acudir a una residencia que nos hayan recomendado o que tenga buenas críticas, pero incluso tomando todas las precauciones podemos encontrar a nuestro animal a la recogida desnutrido o afectado de estrés o ansiedad. En este artículo explico el delito de maltrato animal y cuándo podemos denunciar por él.En EL ARTÍCULO 337 DEL CÓDIGO PENAL, se castiga el maltrato animal con la pena de prisión de tres meses y un día a un año de prisión, y con inhabilitación especial de un año y un día a tres años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales. Este maltrato ha debido consistir en la causación de lesiones que menoscaben gravemente la salud del animal o en la explotación sexual del mismo. Además, en el precepto penal se especifica qué tipo de animales deben ser para que se haya cometido la conducta típica:

  1. un animal doméstico o amansado,
  2. un animal de los que habitualmente están domesticados,
  3. un animal que temporal o permanentemente vive bajo control humano, o
  4. cualquier animal que no viva en estado salvaje.

Las penas anteriores se impondrán en la mitad superior del marco de pena mencionado en los siguientes casos:

  1. Se hubieran utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida del animal.
  2. Hubiera mediado ensañamiento.
  3. Se hubiera causado al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal.
  4. Los hechos se hubieran ejecutado en presencia de un menor de edad.

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Además, si se hubiese causado la muerte del animal, se castigará con la pena de prisión de seis a dieciocho meses de prisión e inhabilitación especial de dos a cuatro años.A la hora de interponer denuncia o querella por el maltrato de nuestro animal contra los causantes del mismo y los responsables de la residencia, será necesario que podamos probarlo, pues como acusación nos corresponde probar el delito por el que acusamos, lo que quiere decir que tendremos que acreditar que nuestro animal se encontraba sano antes de ingresar en la residencia, que después de su estancia estaba herido, y que fue durante ese tiempo cuando sufrió el perjuicio.En cualquier caso, hay que tener en cuenta algunos aspectos. En primer lugar, cuando contratamos los servicios de un negocio, estamos aceptando las normas y métodos que emplean en el mismo, de los que previamente nos han debido informar. Es decir, antes de dejar a nuestro animal nos habrán informado y nosotros habremos preguntado en qué condiciones va a estar y las habremos aceptado, por ejemplo, en prácticamente todas las residencias nos dirán que nuestro perro va a dormir en una jaula, individual o común con otros perros, el baño del perro se lleva a cabo con manguera, etc; por tanto, cuando nos informan de ello y nosotros libremente lo aceptamos y contratamos el servicio, no podremos luego “quejarnos” o basar nuestra denuncia en que nuestro perro durmió en una jaula y esto le afectó. Cosa distinta sería que nos dijeran que nuestro perro va a dormir en una cama para perros y que podrá moverse libremente durante la noche y después resulte que durmió en una jaula, en este caso, podríamos incluso estar ante un delito de estafa si pagamos un precio más alto por este servicio mejor y fuimos engañados.

En segundo lugar, tenemos la obligación de informar de cualquier necesidad o cuidado especial que precise el animal, si no se nos ofrecen estas opciones, y aceptamos las condiciones que se nos ofrecen, tampoco podremos reprochar que no se hayan dispensado. En este sentido, sabemos que nuestro animal va a estar rodeado de más animales, que su rutina se va a romper y que la alimentación no va a ser la misma que le proporcionamos nosotros, estos hechos desde luego no constituyen maltrato, pero tampoco podemos demandar en vía civil por los posibles perjuicios que esto pueda causar, como problemas estomacales o de estrés derivados de esto, porque nosotros mismos los pudimos prever y los aceptamos.Por poner un ejemplo mediante el que podamos visualizar lo anterior: muchas personas comentan que encuentran a su perro muy desnutrido cuando lo recogen, para denunciar esto, tendremos que probar que no fue alimentado -con una prueba veterinaria-, pues la pérdida de peso se pudo deber simplemente al estrés asociado a la nueva situación, a que no le gustase la comida, etc., es decir, factores con los que debemos contar y que no obedecen a un mal cuidado por parte de la residencia, que desde luego no implican maltrato animal y que tampoco pueden ser reclamados por otra vía, pues la residencia cumplió con su deber, procurando que el animal comiera y asegurándose de que no estaba en peligro su salud.Dicho lo anterior, encontramos casos reales en los que los animales sufren maltrato en las residencias y por los que se ha castigado penalmente a los autores. El que probablemente es el caso más conocido lo encontramos en la Sentencia número 318/2015, del Juzgado Penal de San Sebastián, esta sentencia fue dictada en conformidad, lo que quiere decir que el Tribunal no enjuició los hechos, sino que el acusado reconoció su culpabilidad, aceptó haber cometido el delito y la pena, que en este caso fue de 8 meses de prisión e inhabilitación especial de 3 años. El acusado y condenado era el dueño del Hotel Canino y Felino de Igeldo (Orio, Gipuzkoa), el cual había maltratado de forma continuada desde 2008 a 2014 a los perros y gatos que “cuidaba” en su residencia, al tenerlos en pésimas condiciones, manteniéndolos todo el tiempo en jaulas, sin higiene, lo que hizo que enfermaran, y alimentándolos solo una vez al día.

Si consideras que tu animal ha sufrido maltrato y quieres interponer denuncia o querella por ello, puedes CONTACTAR CON NOSOTROS para estudiar la viabilidad de tu caso.

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Román Asyutin, especializado en derecho procesal y litigación, derecho de seguros y responsabilidad civil, se unió a Calderón-Corredera Abogados en 2019. Licenciado en Derecho por la Universidad de Lleida, cuenta con dos másteres de la Universidad Rey Juan Carlos. Su formación y dominio de múltiples idiomas, incluyendo inglés y ruso, le permiten manejar eficazmente casos internacionales. Román combina su experticia legal con un enfoque ético y transparente, asegurando la excelencia en la defensa de los intereses de sus clientes.

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